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viernes, 26 de octubre de 2012

Desahucio

Esta semana ha habido muchas noticias sobre desahucios en la prensa (ver aquí, aquí o aquí). En realidad, dicha atención mediática no es más que el reflejo del hecho de que, desde el "pinchazo" de la llamada burbuja inmobiliaria, cada vez más gente tiene problemas para hacer frente a los pagos de la hipoteca de su casa. Normalmente, la razón por la que la gente deja de pagar es la pérdida del empleo, que imposibilita, en los mejores casos, sobrevivir y pagar la hipoteca, y en los peores, ambas. En cualquier caso, el hecho es que desde 2008 y hasta julio de 2012, se han procesado más de 170.000 desahucios en España

La situación en la que queda una familia que ha sido desahuciada es realmente peligrosa. Si no cuenta con parientes o amigos que la puedan acoger, sus miembros pueden llegar a quedarse en la calle. Y esto es especialmente grave si hay niños involucrados: los servicios sociales podrían incluso retirar la custodia a los padres si no les pueden dar un techo. A pesar de la gravedad de la cuestión desde el punto de vista social y humano (y de lo grande que es: 170.000 son más o menos el 1% de las familias españolas) lo que yo quiero discutir es quién es el culpable de que se produzca el desahucio. Y me refiero a un culpable concreto: no se trata de identificar un culpable en el sistema económico o en su gobierno, ni tampoco de exigir a este último que en vez de rescatar bancos pague deudas hipotecarias para evitar desalojos (lo que tal vez sería buena idea). Lo que pretendo decidir es, asumiendo que el banco no es culpable de lo malo o bueno que es el gobierno y que el desahuciado no es culpable de haberse quedado sin trabajo, quién debería haber previsto la situación: si el ciudadano, no hipotecándose si no sabía si iba a poder pagar, o el banco, evitando conceder muchos préstamos con demasiado riesgo.

Mi posición es que, a pesar de que parece claro que cuando uno pide un préstamo para comprarse algo es su exclusiva responsabilidad devolverlo (o atenerse a las consecuencias), creo que en este caso hay dos salvedades importantes que hacer. La primera, con respecto al tipo de préstamo: cuando uno pide un préstamo para comprarse un coche o irse de viaje, es razonable considerar que se trata de un lujo, al menos hasta cierto punto. Sin embargo, todo el mundo necesita vivir en algún sitio. Y la única manera de comprar una casa para casi todas las personas es pedir un préstamo. Por eso, creo que hay una diferencia fundamental entre no poder pagar tu piso u otra cosa, de la misma manera que la Constitución española reconoce que no hay que penalizar por robar, si la razón del robo es la extrema necesidad. La segunda salvedad importante es sobre la posición del banco: de la misma forma que el prestatario se compromete a devolver lo que se le adelanta, el prestador debería asegurarse de que concede créditos con posibilidades razonables de ser devueltos. Esta práctica antes implicaba que a nadie se le prestaba más del 80% del valor del piso que compraba, mientras que en tiempos de la burbuja inmobiliaria se llegó a prestar, con el mismo aval, por valor del 150% del piso. Yo creo que eso hace al banco culpable por lo menos de falta de previsión.

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